Vacuna COVID en niños de padres separados
¿Qué ocurre si uno de los progenitores quiere ponerle la vacuna a su hijo menor y el otro no?
En caso de que estén casados, lo normal es que lleguen a un consenso, aunque si no llegaran pueden solicitar la autorización judicial de la misma forma que lo hacen unos padres separados o divorciados.
En caso de separación o divorcio, lo normal es que la patria potestad se comparta por ambos padres, con independencia de quién tenga la custodia.
La patria potestad es el derecho que tienen ambos progenitores para decidir sobre aquellas cuestiones trascendentes para la vida, salud, desarrollo, educación y formación de los menores, precisando el consentimiento de ambos o en su defecto autorización judicial.
Por ello, en primer lugar, habrá de intentarse llegar a un acuerdo entre ambos progenitores y en caso de no conseguirse se puede acudir a un procedimiento de jurisdicción voluntaria, y el juez de familia otorgará la capacidad de decidir a uno de los dos progenitores tras escuchar los razonamientos de cada uno.
Con mayor o menor razón, en España ya se han publicado varias sentencias que dan la razón al progenitor que quiere vacunar a su hijo frente al que no lo comparte.
Igualmente, si uno le pone la vacuna sin el consentimiento del otro, difícilmente se consiga indemnización alguna por dicho acto.
Hay que tener en cuenta que los menores que tengan 16 o más años podrán decidir si quieren o no quieren vacunarse, pues no necesitan ser acompañados de sus padres o tutores, ni tampoco de su consentimiento